Las hojas de reclamaciones turística en Canarias son códigos QR o impresos oficiales a disposición de los consumidores y usuarios, para hacer llegar a la Administración de Turismo Canaria una reclamación contra un establecimiento turístico, comercio o profesional, obligado a disponer de ellas.
El Gobierno canario acaba de aprobar
una nueva norma que regula este mecanismo de queja, reclamación o denuncia en las
Islas Canarias. Esta norma actualiza y deroga la anterior norma de hojas de
reclamaciones, que databa de 1996, antes de la llegada de Internet.
Estas hojas están destinadas a
establecimientos turísticos mientras que otra norma de 1994 regula las reclamaciones
a los demás establecimientos. En este post analizamos las hojas de
reclamaciones en la Comunidad Canaria.
Los propietarios y gestores de vivienda vacacional estamos obligados a tenerlas a disposición de los clientes (aunque no seamos profesionales) Debemos estar inscritos en el Registro Turístico de Canarias para solicitarlas.
Novedad: la hoja
de reclamaciones electrónica (código QR)
La principal novedad de esta norma es
que regula las características de las hojas de reclamaciones y el procedimiento
de tramitación de las reclamaciones. Además, distingue entre reclamaciones,
quejas y denuncias.
Y que permite presentar la queja o
reclamación de forma telemática en la sede electrónica del Gobierno de Canarias
(a través de un código QR de la misma hoja). O, alternativamente, presentar el
formato clásico papel en cualquier administración pública u oficina de Correos.
En efecto, la hoja de reclamaciones
electrónica permitirá a los titulares de empresas o establecimientos turísticos
relacionarse electrónicamente con la Administración, tanto para la obtención
como para la tramitación de las hojas de reclamaciones. También para tramitar
quejas o denuncias.
Cómo se piden
Estos establecimientos solicitarán a
través de la sede electrónica canaria, las hojas de reclamaciones con las que
deben contar obligatoriamente para el ejercicio de la correspondiente actividad
turística.
De forma inmediata, Turismo les
enviará tanto el cartel anunciador, como un código QR para la descarga de la
hoja en el móvil y un ejemplar físico de las hojas, en papel.
El cartel que anuncia la existencia de
hojas de reclamaciones a disposición de la clientela se debe exhibir en un
lugar visible.
El código QR se debe facilitar a las
personas usuarias que lo soliciten para descargar la hoja de reclamación
electrónica en el móvil y poder presentarla rellena en la sede electrónica del
Gobierno de Canarias.
El ejemplar de hojas de reclamaciones
se deberá imprimir y entregar por el establecimiento a las personas reclamantes
que no puedan o no quieran optar por el formato electrónico indicado en la
letra anterior.
Desde el 27 de abril del 2022 con la entrada estamos en vigor del Decreto 77/2022, de 7 de abril, por el que se regulan las características y el procedimiento de obtención de las hojas de reclamaciones, estamos obligados a tramitar las hojas de manera telemática (aunque tengamos las hojas en papel).
👉Puedes solicitar las hojas de reclamaciones AQUÍ
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