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miércoles, 25 de enero de 2023

Hojas de reclamaciones



 

Las hojas de reclamaciones turística en Canarias son códigos QR o impresos oficiales a disposición de los consumidores y usuarios,  para hacer llegar a la Administración de Turismo Canaria una reclamación contra un establecimiento turístico, comercio o profesional, obligado a disponer de ellas.

El Gobierno canario acaba de aprobar una nueva norma que regula este mecanismo de queja, reclamación o denuncia en las Islas Canarias. Esta norma actualiza y deroga la anterior norma de hojas de reclamaciones, que databa de 1996, antes de la llegada de Internet.

Estas hojas están destinadas a establecimientos turísticos mientras que otra norma de 1994 regula las reclamaciones a los demás establecimientos. En este post analizamos las hojas de reclamaciones en la Comunidad Canaria.

Los propietarios y gestores de vivienda vacacional estamos obligados a tenerlas a disposición de los clientes (aunque no seamos profesionales)  Debemos estar inscritos en el Registro Turístico de Canarias para solicitarlas.

Novedad: la hoja de reclamaciones electrónica (código QR) 

La principal novedad de esta norma es que regula las características de las hojas de reclamaciones y el procedimiento de tramitación de las reclamaciones. Además, distingue entre reclamaciones, quejas y denuncias.

Y que permite presentar la queja o reclamación de forma telemática en la sede electrónica del Gobierno de Canarias (a través de un código QR de la misma hoja). O, alternativamente, presentar el formato clásico papel en cualquier administración pública u oficina de Correos.

En efecto, la hoja de reclamaciones electrónica permitirá a los titulares de empresas o establecimientos turísticos relacionarse electrónicamente con la Administración, tanto para la obtención como para la tramitación de las hojas de reclamaciones. También para tramitar quejas o denuncias.

Cómo se piden

Estos establecimientos solicitarán a través de la sede electrónica canaria, las hojas de reclamaciones con las que deben contar obligatoriamente para el ejercicio de la correspondiente actividad turística.

De forma inmediata, Turismo les enviará tanto el cartel anunciador, como un código QR para la descarga de la hoja en el móvil y un ejemplar físico de las hojas, en papel.

El cartel que anuncia la existencia de hojas de reclamaciones a disposición de la clientela se debe exhibir en un lugar visible.

El código QR se debe facilitar a las personas usuarias que lo soliciten para descargar la hoja de reclamación electrónica en el móvil y poder presentarla rellena en la sede electrónica del Gobierno de Canarias.

El ejemplar de hojas de reclamaciones se deberá imprimir y entregar por el establecimiento a las personas reclamantes que no puedan o no quieran optar por el formato electrónico indicado en la letra anterior.


Desde el 27 de abril del 2022 con la entrada estamos en vigor del  Decreto 77/2022, de 7 de abril, por el que se regulan las características y el procedimiento de obtención de las hojas de reclamaciones, estamos obligados  a tramitar las hojas de manera telemática (aunque tengamos las hojas en papel). 


👉Puedes solicitar las hojas de reclamaciones  AQUÍ 

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